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Clínica de Epilepsia

Un posible daño neurológico por convulsionar: Estatus epiléptico

¿Has escuchado del “mal epiléptico”? ¿Te ha tocado ser testigo de una crisis convulsiva muy prolongada? Existe un tipo de crisis convulsiva denominada estatus epiléptico, el cual consiste en una crisis convulsiva muy prolongada, la cual es de carácter urgente. A continuación te platicamos más sobre qué consiste y cómo debe tratarse.

Una crisis convulsiva muy prolongada

Una crisis convulsiva consiste en la actividad eléctrica desorganizada de las neuronas de la corteza cerebral, manifestándose en la mayoría de las veces como una crisis convulsiva generalizada (el 80% de los casos), es decir, con movimientos clónico-tónicos, repetitivos y sincrónicos, en ocasiones acompañadas de pérdida de control de esfínteres.

 

Tradicionalmente, por definición, el estatus epileptico (o estado epiléptico) es considerado como tal cuando una crisis convulsiva tiene una duración mayor a 30 minutos. Más recientemente, con ser mayor a 5 minutos puede considerarse un estatus epileptico, ya que la gran mayoría de las crisis convulsivas que no ceden por sí solas en 5 minutos, es poco probable que lo hagan, por lo que requerirán tratamiento para eliminar la crisis.

 

Se reconoce también como estatus epiléptico aquellas crisis que se presentan repetidamente, sin haber recuperación de la consciencia entre una crisis y otra.

¿A qué se debe y cuáles son las consecuencias?

En casi todos los casos el estatus epiléptico se presenta en un paciente ya conocido con epilepsia, siendo más común en niños. Usualmente ocurre porque el paciente no se tomó sus medicamentos para el control de su epilepsia o porque hubo un factor desencadenante, como el consumo de drogas o abuso del alcohol, una infección del sistema nervioso (meningitis o encefalitis), un infarto o hemorragia cerebral, un traumatismo craneoencefálico, un tumor cerebral o por alteraciones metabólicas y electrolíticas. Sin embargo, aproximadamente en la mitad de los casos no se encuentra un factor que haya desencadenado el estatus epiléptico.

 

Los casos en los que el paciente presenta un estatus epiléptico, sin haber tenido crisis convulsivas anteriormente, son muy raros.

 

La importancia clínica de este tipo de crisis radica en el posible daño neurológico que puede desencadenarse debido a la crisis convulsiva prolongada. Al tener una crisis convulsiva de esta duración existen repercusiones metabólicas graves debido al aumento de la actividad metabólica cerebral, la actividad muscular intensa y de la descarga de adrenalina, causando aumento de la temperatura corporal, de la presión arterial, de la frecuencia cardiaca y de la glucosa. Si la crisis no cede en poco tiempo, la descompensación causará disminución de la presión arterial, de la oxigenación de sangre y de la glucosa, ocasionando un daño orgánico importante.

Tratamiento urgente

El estatus epiléptico es considerado una urgencia neurológica, si una crisis convulsiva no remite por sí sola en menos de 5 minutos, requiere atención hospitalaria de urgencia. 

 

El tratamiento inicial es farmacológico, pudiendo requerir varias dosis y/o distintos antiepilépticos para poder controlar la crisis. En casos de crisis convulsivas refractarias al medicamento el paciente puede llegar a requerir sedación para reducir o evitar el daño neurológico, induciendo al paciente en un coma farmacológico.

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